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Cesión de trabajadores

 Las garantías por cambio de empresario recogen distintas situaciones en las que en algún momento de tu vida laboral, podrás verte en un entorno en el que hay varios empresarios implicados.

CONTRATAS Y SUBCONTRATAS: Es una forma de organización de las empresas para llevar a cabo partes de un servicio o de una obra. Los trabajadores deberán estar informados. Para saber si las empresas son serias, los empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquellos deberán comprobar que dichos contratistas están al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social.

CESIÓN DE TRABAJADORES: Reclutar a un trabajador cediéndoselo a otra empresa. Es ilegal y se considera delito salvo que lo haga la ETT.  Los empresarios, cedente y cesionario, que infrinjan lo anterior responderán solidariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social, sin perjuicio de las demás responsabilidades, incluso penales, que procedan por dichos actos. Los trabajadores sometidos al tráfico prohibido tendrán derecho a adquirir la condición de fijos, a su elección, en la empresa cedente o cesionaria. 

SUCESIÓN DE EMPRESA: Sucede cuando cambia la titulación de la empresa a otra, como en el caso de que se venda la empresa.

    

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